Señor Juez:
Cristina Fernández
de Kirchner, por mi propio
derecho, en la causa Nº 12.152/15 caratulada “Banco Central de la
República Argentina s/defraudación…”, en trámite por ante ese Juzgado Nacional
en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11, Secretaría Nº 22, con el
patrocinio letrado del Dr. Carlos Alberto Beraldi (CUIT 20-13430665-4),
constituyendo domicilio en Av. Santa Fe 1752, 2º A, a V.S. digo:
I.-
Objeto.
Que a efectos de
ejercer mi derecho de defensa en juicio vengo a efectuar esta manifestación, la
cual solicito se incorpore a la causa en el marco de la declaración indagatoria
ordenada en autos.
II.
Introducción.
1) Cada vez que un Movimiento Político de
carácter Nacional y Popular fue derrocado o finalizó su mandato, las
autoridades que lo sucedieron utilizaron en forma sistemática la
descalificación de sus dirigentes, atribuyéndoles la comisión de graves
delitos, siempre vinculados con abusos de poder, corrupción generalizada y
bienes mal habidos.
Sin embargo, los
verdaderos motivos siempre fueron los mismos: por un lado, barrer con las
conquistas logradas y los derechos adquiridos por la sociedad en sus diferentes
estamentos y actividades; por el otro, imponer programas de “ajuste” y
endeudamiento -matrimonio indisoluble- utilizando la supuesta corrupción para
ocultar ambos objetivos. Con el correr de los años cada uno de esos supuestos
“procesos moralizadores” devinieron en formidables transferencias de ingreso y
patrimonio de las grandes mayorías a las elites gobernantes y sus grupos
económicos vinculados, saliendo a la luz los escandalosos mecanismos de
corrupción para hacer operativas esas políticas.
No son pocos los
hechos históricos que así lo demuestran. El primer ex Presidente argentino que
tuvo que enfrentar a un juez no fue peronista, por una razón muy sencilla: el
movimiento nacional y popular en ese momento todavía lo encarnaba el
radicalismo y su figura liminar: Hipólito Yrigoyen. Derrocado en 1930 por el
primer Golpe Militar de la historia y, oh casualidad, convalidado y legalizado
por acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, debió sufrir ser
investigado por una comisión especial por supuestos hechos de corrupción,
siendo encarcelado en la Isla Martín García. Recuperó su libertad merced a un
indulto que Yrigoyen rechazó. El día que lo liberaron asumía el General Justo
como Presidente de la República Argentina, dando inicio a lo que históricamente
se conoce como “Década Infame”, llamada de esa forma por lo que constituyó un
período de escandalosa corrupción y entrega del país. Sin embargo, no se
detuvieron allí. Lo volvieron a encarcelar y pasó el último año de su vida en
Martín García. Eso sí, esta vez no fue por corrupción, lo acusaron de
conspiración.
Más tarde, el
Movimiento Nacional y Popular se encarna en el Peronismo y en la figura de sus
fundadores: Juan Domingo y Eva Perón. Durante sus dos Gobiernos los Derechos y
conquistas populares construyen historia y época. Una vez más y tras el
derrocamiento del General Perón, el gobierno de facto dictó el Decreto Ley
5143/1955 que creó la Junta Nacional de Recuperación Patrimonial, una comisión
especial en franca violación del texto constitucional asignándole funciones
jurisdiccionales bajo el “loable propósito” de obtener la incautación de
todos los bienes de los que se habrían apoderado los funcionarios corruptos del
anterior gobierno.
Pese al grado grosero
de afectación de los principios más elementales del Estado de Derecho, hubo
magistrados y funcionarios judiciales, incluso de las máximas instancias,
dispuestos a justificar semejantes atropellos sin abandonar sus citas leguleyas
e invocación de valores éticos que se correspondían con “su ser nacional”.
A título de ejemplo me
permito citar el fallo de –una vez más- la Corte Suprema Justicia de la Nación
del 21 de junio de 1957, en la causa “Juan Domingo Perón s/ bienes mal
habidos”. Aquí en el dictamen del Procurador General ante ese Alto Tribunal se
efectúan los siguientes señalamientos:
“1° Que antes de
la revolución de septiembre de 1955 el país se hallaba sometido a un gobierno
despótico, y en un estado de caos y corrupción administrativa, debido a la
acción directa de las personas comprendidas en el decreto ley 5.148/55 y, en
especial, a la del recurrente en esa causa.
2° Que uno de
los fines primordiales de la revolución fue el de restituir al patrimonio
público los bienes adquiridos ilícitamente por las personas indicadas, quienes,
como es de pública notoriedad, se enriquecieron inmoralmente aprovechando los
resortes del poder omnímodo de que disfrutaba Juan Domingo Perón y del que
hacía partícipe a sus allegados…”
Por su parte, en la sentencia
aludida, la propia Corte, en referencia al gobierno peronista, decía lo
siguiente:
“…Esta opresión
innoble sólo ha servido para el auge de la corrupción y para la destrucción de
la cultura y la economía, de todo lo cual es símbolo tremendo el incendio de
los templos y los sacrosantos archivos de la patria, el avallasamiento de los
jueces, la reducción de la Universidad a una burocracia deshonesta y la trágica
encrucijada que compromete el porvenir de la República contra la entrega de sus
fuentes de riqueza (diario “La Nación”, septiembre 23 de 1955m página 1)”.
Cualquier coincidencia
con los discursos y las acciones de actual Gobierno y de las decisiones de
algunos sectores del Poder Judicial, no es casualidad.
La historia de
dieciocho años de proscripción, lo acontecido en dicho período histórico y
finalmente el retorno de Perón al país para ejercer su tercera presidencia me
eximen de mayores comentarios.
2) En el año 1976, la dictadura genocida más
sangrienta de nuestra historia siguió idéntico camino respecto de las
autoridades constitucionales que habían sido derrocadas y de dirigentes que ni
siquiera formaban parte de ese Gobierno, es más, algunos eran fuertes
opositores al mismo. De esa manera truncaron el proceso democrático impidiendo
las elecciones nacionales presidenciales que ya habían sido convocadas. Al
momento del Golpe, Argentina era un país industrial donde la participación de
los trabajadores en el Producto Bruto Interno era casi del 50% y el
endeudamiento externo era sumamente bajo y no implicaba condicionamiento
alguno.
Así, el 21 de octubre
de 1977, en el ámbito del Ministerio del Interior, se creó la tristemente
célebre “Comisión Nacional de Responsabilidad Patrimonial” (CONAREPA) que
incautó no sólo propiedades y bienes correspondientes a la funcionarios del
gobierno derrocado, sino también a empresarios, dirigentes políticos y
sindicales, todos ellos detenidos exclusivamente por motivos políticos. Eso si,
bajo la pátina, siempre conveniente y mediática, de lucha contra la corrupción
También, de manera no
menos lamentable, se registran precedentes judiciales que avalaron las ominosas
conductas descriptas. Es imperioso señalar que la participación del Poder
Judicial siempre se convierte en condición “sine quanon” para este tipo de prácticas.
En este sentido, un ejemplo paradigmático es el caso de “Papel Prensa”. En el
mismo, todos los bienes de la familia Graiver pasaron a ser administrados por
la referida CONAREPA, bajo la mirada complaciente de los jueces de aquellos
años y la inactividad de los jueces de hoy. Ha pasado mucho tiempo y todavía
los delitos de lesa humanidad cometidos en contra de la familia Graiver se
encuentran sin recibir el correspondiente castigo.
Hace pocos días se
cumplieron 40 años de lo que fue el Proceso “Moralizador” del 24 de marzo de
1976. Su saldo trágico en materia de violación de DD.HH., endeudamiento,
desindustrialización, financierización de la economía, aún lo estamos pagando
en el sentido más literal del término.
Los antecedentes
mencionados ayudan a comprender que lo que sucede en la actualidad debe ser
inscripto en un contexto político e institucional que se ha repetido a lo largo
de nuestra historia: los avances y retrocesos que en materia de derechos y
bienestar han sufrido en el pasado y vuelven a sufrir hoy los argentinos.
Precisamente por el
valor histórico de los expedientes, registros, actuaciones y toda otra
documentación de la infausta CONAREPA, como Presidenta de la Nación dispuse su
traslado al Archivo Nacional de la Memoria, como ejemplo de un pasado que no
queremos repetir.
3) Sin embargo, una vez más la historia se repite
y el pasado vuelve a atrapar a los argentinos: endeudamiento, devaluación,
despidos, persecuciones políticas, tarifazos en servicios públicos esenciales e
indispensables, estampidas imparables de precios, comercios cerrados,
industrias en crisis, censura y cercenamiento a la libertad de expresión, son
sólo algunas de las calamidades que el nuevo Gobierno ha provocado en apenas
120 días. Esta verdadera tragedia se convierte en comedia cuando los rostros de
quienes se quieren presentar ante los argentinos como cruzados contra la
corrupción, son los mismos que durante los ’80 y los ’90 formaron parte de la
“Patria Contratista” y su apellido estuvo indisolublemente ligado a escándalos
y negociados con el Estado, ubicación de gerentes y directivos de sus empresas
en puestos claves del Gobierno, pasando por el contrabando de autos con
sociedades off shore absueltos por la “mayoría automática”, causal de Juicio
Político a miembros de la Corte Suprema, o la estatización de la deuda de sus
empresas; entre otros hechos de corrupción. No debería entonces llamarnos la
atención que hoy ilustren la primera plana de todos los medios de comunicación
internacionales, junto a otros dirigentes y mandatarios, algunos de los cuales
ya renunciaron, con cuentas y sociedades en paraísos fiscales que les fueran
descubiertas y de las que nunca le contaron a los argentinos. El Consorcio
Internacional de Periodistas de Investigación presenta el caso “Panamá Papers”
en su página web bajo el título de: “Gigante fuga de registros financieros off
shore expone la matriz mundial de la delincuencia y corrupción” (el
subrayado me pertenece). Un escándalo global sin precedentes que trata de ser
ocultado, sin conseguirlo, con el remanido recurso de denuncias y despliegue de
mediáticas acciones judiciales.
Es que el que el Plan
de Ajuste y Miseria vuelve a requerir una vez más, de la difamación y la
calumnia para su implementación, bajo el mismo pretexto de que los dirigentes
que defendieron y defienden los intereses populares y nacionales son corruptos
sin remedio. Esta metodología no sólo es claramente visible en nuestro país,
sino que se replica a escala regional como una matriz diseñada por expertos de
otras latitudes.
La causa en la que
aquí presto declaración y otras que se agigantan por los medios de comunicación
concentrados, son un ejemplo lamentable de lo que vengo diciendo, a punto tal
que a los propios medios extranjeros, que denunciaron a escala global el
escándalo de “Panamá Papers”, les llama la atención el tratamiento que recibe
el Presidente Mauricio Macri, implicado en el caso, y lo compara con el
tratamiento que hubiera recibido quien suscribe, de haber sido la involucrada.
Sostiene el diario alemán “Süddeutsche Zeitung” –periódico que dió a conocer a
nivel global el “Panamá Papers”- que de haber sido la Presidenta Cristina
Fernández de Kirchner la involucrada, todos le hubieran pedido la renuncia en
forma inmediata (www.sueddeutsche.de/politik/panama-...).
III.
Manifiesta.
1) Luego de ser informada acerca de los hechos que
se me pretende imputar, entiendo y confirmo claramente que sólo a través de un
ejercicio abusivo del poder jurisdiccional esta causa pudo ser llevada
adelante.
En primer lugar, cabe
señalar como algo absolutamente novedoso y sorprendente en términos judiciales,
que haya sido citada a prestar declaración indagatoria cuando no existe ninguna
mención, y mucho menos imputación en mi contra, ni en la denuncia efectuada por
los Legisladores oficialistas Negri y Pinedo, ni tampoco por parte del fiscal
interviniente o que surja, al menos, de la prueba recibida.
Es más, una simple
lectura de los elementos de convicción a los que el juez hace expresa
referencia en el auto de fs. 367/368, muestra que mi convocatoria a declarar es
un prevaricato de V.S. en los términos previstos por el art. 269 del Código
Penal.
Concretamente, la
resolución dictada resulta contraria a la ley y fundada en hechos absolutamente
falsos; así quedará acreditado en la esfera judicial competente.
En segundo término,
tampoco se ha respetado en el caso el debido principio acusatorio y de
congruencia que debe existir entre el hecho por el que se ha habilitado esta
investigación y el que se me ha imputado.
Concretamente se habla
de la existencia de un grupo de funcionarios que, de manera organizada,
sistemática y concertada, llevamos a cabo acciones de carácter político,
técnico y administrativo con supuestos propósitos delictivos, que no fue ni
denunciado por los Legisladores oficialistas ni requerido por el Fiscal.
Esta hipótesis de
asociación ilícita, construida capciosamente por el magistrado, es otra muestra
de la arbitrariedad con que ha procedido y revela además la intención del
Gobierno con la colaboración imprescindible del Poder Judicial de “plantar”, a
quien suscribe, una causa penal que me prive de la libertad.
Como ya lo he dicho
públicamente y reitero una vez más: no les tengo miedo. Afrontare este proceso
y cualquier otro que quieran fabricarme. Fue decisión explicitada públicamente
no tener fueros que me hubieran colocado en una posición de privilegio en
relación a la de cualquier otro ciudadano. La igualdad nunca fue, para mí, un
recurso retórico.
En tercer término, y
desde un plano estrictamente jurídico tal como lo han explicado cada una de las
personas imputadas que declararon en esta causa, las operaciones investigadas
fueron llevadas a cabo legítimamente por las autoridades del Banco Central de
la República Argentina, de acuerdo a la normativa vigente e inspirada en los
propósitos de su Carta Orgánica, es decir, promover, en las medidas de sus
facultades y en el marco de las políticas establecidas por el gobierno
nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el
desarrollo económico con equidad social (art. 3).
Hago propios todos y
cada uno de los argumentos que vertieran en este expediente el Sr. Ex Ministro
de Economía Dr. Axel Kicillof y los Sres. ex Presidente y ex Vicepresidente del
B.C.R.A. Alejandro Vanoli y Miguel Angel Pesce, así como también los de los Directores
y ex Directores de la misma institución, que han actuado en un todo de acuerdo
con lo que prescribe la Ley 24.144, Carta Orgánica del B.C.R.A. en su Capítulo
Primero, que tiene por objeto definir la naturaleza y el objeto de la
Institución, en sus artículos 1, 2, 3 y 4, como así también el resto de las
disposiciones de dicho instrumento, que como es de estricta hermenéutica
legislativa deben ser entendidos y comprendidos en el marco de las definiciones
estructurales de la norma.
Resulta insoslayable señalar
que mi administración siempre buscó desarrollar una gestión de gobierno que
protegiera el valor de la moneda, ya que su depreciación produciría los efectos
más desfavorables sobre la actividad económica en general.
Puede afirmarse que,
por lo menos en este capítulo no nos hemos equivocado y las consecuencias están
a la vista.
Desde diciembre de
2015 a la fecha la estampida imparable de los precios, la desocupación, el
aumento de la pobreza y la caída de la actividad económica y comercial, tiene
indudablemente puntos de convergencia con los efectos de una “maxidevaluación”
llevada a cabo por las autoridades del gobierno actual de manera brutal. El
Gobierno no cuida a los argentinos. Tampoco parece preocuparse por ellos, ni
por el dolor, angustia e incertidumbre que hoy están viviendo.
En quinto lugar, todo
lo que se ha dicho en la denuncia acerca de graves perjuicios para el Banco
Central y beneficios indebidos para terceros inescrupulosos resultaron ser
simples manifestaciones electoralistas a las que se les dio cobertura mediática
mediante la sustanciación de esta causa.
Adviértase que a
requerimiento del actual Presidente del B.C.R.A. el Juez de la causa, en dos
oportunidades manifestó que no había ninguna medida restrictiva ordenada que
impidiera el pago de los contratos que se investigan. Cabe preguntarse entonces
¿Cómo puede ser que se impute la comisión de un delito cuya supuesta
consumación ha sido autorizada por el mismo magistrado a cargo de esta
investigación?
Por otro lado, también
se debe destacar que ninguno de los supuestos “terceros enriquecidos
ilegítimamente” por la operatoria del dólar futuro, tan siquiera fueron
individualizados ni mucho menos citados a este proceso. No hay en este sentido
actividad procesal alguna siquiera que insinúe esa línea de investigación. Me
pregunto: -¿Será tal vez que puedan encontrarse con algún conocido que quieren
mantener alejado de esta investigación y no seguir sufriendo nuevos traspiés
políticos? Podríamos agregar como graciosa paradoja de estos “paladines de la
moral” que el actual Presidente del B.C.R.A. tiene procesamiento firme por
delitos económicos con motivo, nada más ni nada menos, que en la “operación” de
endeudamiento conocida como “Megacanje”. Huelgan los comentarios.
Por si todo ello fuera
poco, en los últimos días, hechos que son de dominio público muestran como los
principios morales que tanto se predican resultan ser sólo un mero ejercicio
distractivo y justificativo del ajuste, que ha quedado sepultado en el
escándalo internacional de un Gobierno cuyo Presidente, sus familiares más
directos y sus funcionarios más allegados quedan al descubierto como titulares
de sociedades y cuentas off shore, que en otras latitudes ya han provocado
renuncias hasta de Primeros Ministros. En suma, se trata de un conjunto de
personas que, según los parámetros que V.S. ha elegido para imputarme en esta
causa, merecerían ser también investigados a la luz del supuesto delito de
asociación ilícita.
Además, y como lo han
indicado el Presidente y los miembros del Directorio del BCRA en sus
declaraciones obrantes en autos, la operación de venta de futuro de dólares no
produjo en el Banco Central, tal como lo reflejan sus balances, pérdida alguna
y sólo puede hablarse de efectos disvaliosos a partir exclusivamente de las
decisiones que tomaron las actuales autoridades al devaluar y que fueran
convalidadas por el Juez de la causa.
En definitiva, la
imputación sub litis resulta absurda tanto en términos facticos como jurídicos
e ingresa en el terreno de lo ridículo. Así lo evidencian las preguntas
“inquisidoras” que V.S. le ha formulado a alguno de los imputados, con la
intención de tornar justiciables hechos de contenido estrictamente político
-terreno en el que el juez se movió con muy poco éxito en sus cargos anteriores-,
demostrando también el mismo grado de incompetencia que registra en este tipo
de materias técnicas.
La fuerza de los
hechos es contundente. Primero dieron inicio a esta causa mediante una falsa
denuncia que el Juez rápidamente instruyó. Dos días antes de la segunda vuelta
de las elecciones nacionales, llevaron a cabo un allanamiento en el B.C.R.A.
con el propósito de originar una corrida bancaria para forzar la devaluación y
no lo lograron.
Después de los
resultados electorales, en contra de lo que públicamente siempre sostuvieron,
presionaron con esta causa, y de otras maneras, para obtener la renuncia del
Presidente del B.C.R.A., borrando con el codo la independencia que debe tener
el B.C.R.A. sobre la que escribieran y dijeran en múltiples conferencias y sets
de televisión.
Una vez designadas las
nuevas autoridades del ente rector, llevaron a cabo una devaluación de la
moneda que, como se vió, produjo efectos devastadores sobre la economía.
Por último y
nuevamente con la complicidad judicial, avanzaron con esta causa imputando
falsamente a personas inocentes la comisión de delitos, los cuales de haber
existido, resultarían exclusiva responsabilidad de las actuales autoridades.
En síntesis: ellos
denunciaron, intentaron con una “corrida judicial” una devaluación, forzaron la
salida del Presidente del B.C.R.A., devaluaron y ahora, con la complicidad
judicial, pretenden colocarnos ante la opinión pública como culpables de los
efectos de las medidas y decisiones que ellos adoptaron.
Finalmente el Gobierno
de las excusas -como todo en la vida- tiene un límite: la responsabilidad de
los propios actos y el juicio inevitable de la historia.
IV.-
Petitorio.
Por todo lo expuesto,
a V.S. digo:
1) Se tenga por efectuada la presente
manifestación a los efectos que corresponda.
SERÁ JUSTICIA.
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